Régimen Fiscal: ¿qué es?
Es el conjunto de leyes que rige una actividad dentro de una región. Los regímenes fiscales se determinan tanto para Personas Naturales como para Personas Jurídicas al momento de formalizar su registro legal, y deberá tributar dependiendo su actividad económica. Dependiendo si eres persona natural o jurídica, aplican diferentes tipos de régimen, también dependen de la actividad que se desempeñe y el ramo. A continuación explicamos los tipos de regímenes fiscales que aplican en cada caso.
Personas Naturales
Existen 5 tipos de regímenes que aplican para Personas Naturales:
1. Régimen de Asalariados
- Personas físicas que reciben un salario proveniente de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador;
- Funcionarios y federados;
- Anticipos y rendimientos a miembros de sociedades cooperativas de producción;
- Honorarios a personas que presten algún servicio;
- Comerciantes que trabajan para otras empresas.
2. Régimen de Honorarios
Se debe registrar bajo este régimen los profesionales que prestan servicios independientes y no son asalariados. Comúnmente se les denomina bajo el término de freelance. Algunos profesionales que se ubican en este régimen son: Abogados, Contadores, Arquitectos, Médicos, Dentistas, Ingenieros, Diseñadores Gráficos, etc.
3. Régimen de Arrendamiento de Inmuebles
Deben registrarse bajo este régimen todas las personas que obtienen ingresos por otorgar en renta o alquiler bienes inmuebles como: casa, habitación, edificios, locales comerciales y bodegas entre otros.
4. Régimen de Actividad Empresarial
Personas que realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas, deben registrarse bajo este régimen en el cual no se establece un límite de ingresos, por ejemplo: talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, bares, minisúper, escuelas, preescolar, guarderías, ferreterías, artesanos, entre otros.
5. Régimen de Incorporación Fiscal
Personas naturales que realicen actividades empresariales, que vendan bienes o presten servicios para los que no se requiera un título profesional, deben registrarse en este régimen. Aplica para empresas como: salones de belleza, Tintorerías, Carnicerías, Papelerías, Fruterías, Entre otras.
Personas Jurídicas
Existen dos tipos de régimen para Personas Jurídicas:
1. Régimen General
Pueden aplicar a este régimen quienes tienen sociedades con fines lucrativos, por ejemplo:
- Sociedades mercantiles (sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, etc);
- Sociedades civiles;
- Arrendadoras financieras;
- Instituciones de crédito, seguros y fianzas (Bancos y casa de bolsa);
- Organismos que tienen facultades autónomas (organismos descentralizados) que comercialicen bienes o servicios.
2. Sin Fines de Lucro
Son aquellas empresas o sociedades que no buscan alguna ganancia económica con las actividades que realizan, quienes se ubican en este régimen no son sujetos a impuestos, algunos ejemplos:
- Sociedades de inversión;
- Administradoras de fondos para el retiro;
- Sindicatos;
- Cámaras de comercio e industria;
- Colegios profesionales;
- Instituciones benéficas;
- Asociaciones civiles sin fines de lucro.